August 03, 2008

Jardineria Legal



Todo aquel ciudadano que tiene algún tipo de árbol en su propiedad, esta más que acostumbrado a ya sea: podarlo él mismo (o algún miembro de la familia), o contratar los servicios de alguno de los jardineros que transitan nuestra ciudad. Y cuando se ha habitado en una centrica avenida, por casi 20 años, estas dos opciones han sido puestas en practica, al menos cuatro veces por año.

Asi que despues de alrededor de 80 servicios de jardineria, sorprende que una patrulla con dos elementos de la policía municipal llegue, ya terminada la labor, a amedrentar tanto al jardinero como al ama de casa que contrato el servicio, bajo la consigna de que "es necesario tener licencia".

Desgraciadamente estos patrulleros no se detuvieron a pensar si la ama de casa conocia el reglamento que rige la labor de estos servidores públicos, que deben de mantener el orden social, aún cuando no sea de manera preventiva. Y si el jardinero, por alguna extraña casualidad, llegó a formar parte de la fuerza armada nacional, conociendo no sólo leyes y reglamentos, sino el modus operandi de aquellos que aprovechan una placa para violentar los derechos del otro.

Así que ante la negativa de tanto el jardinero, como del ama de casa, por soltar una moneda o un billete, y no caer en el corrupto juego de "la mordida", los elementos se retiraron en su flamante patrulla, en búsqueda de otras victimas.

Esta frustrante experiencia nos invita a compartir la siguiente información:

- Cuando la poda de un árbol es meramente estética, no es necesario contar con una licencia.

- En caso contrario, si las ramas son gruesas y/o representan un daño potencial para los sistemas de cableado, y/o las viviendas aledañas y los transeuntes, es necesario solicitar una licencia, la cual es gratuita, en las oficinas de la secretaria de parques y jardines (dependiendo de nuestra localidad) de nuestro municipio.

- Si la poda es a un árbol dentro de nuestra propiedad, se puede solicitar el servicio, además de la licencia, pagando los gastos respectivos, de acuerdo a las cuotas en vigor.

- Las podas de arboles en zonas comunales, y que dependen del ayuntamiento, deben de reportarse para su pronta atención.

Volviendo a nuestros amigos policias, queda la reflexión del ama de casa:

"Cuando otro ciudadano nos ataca o trata de extorsionarnos, acudimos a la policía. Pero ¿qué nos queda cuando el atacante o extorisonador en un miembro de los cuerpos policiales?"

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